Estas son algunas de las preguntas más frecuentes. A continuación intentaremos responderlas de la forma más clara posible para que resulte fácilmente comprensible

Esta información tiene un carácter orientativo y puede variar según tu país o tipo de actividad.
En Gespet queremos ayudarte a comprender mejor cómo funciona la facturación, pero cada negocio tiene particularidades propias.
Por eso, debes revisar tu caso concreto con tu asesor fiscal/contable o consultar con la Hacienda correspondiente.


1. En España. ¿Qué es la facturación electrónica y por qué es obligatoria?


La facturación electrónica es el sistema que permite emitir facturas en formato digital con validez legal. Su uso será obligatorio para empresas y autónomos en España de forma progresiva, según la normativa de la Ley Crea y Crece y los sistemas TicketBAI y VeriFactu.


2. ¿Como es la integración de la facturación electrónica en Gespet?


A través de Gespet E-invoicing, y utilizando un proveedor homologado, se hace directamente la firma y el envío de las facturas a Hacienda. Está disponible actualmente para TicketBAI y VeriFactu.


3. ¿Existe un sello o certificado VeriFactu?


En VeriFactu no hay homologación ni registro de software.
Lo que existe es una obligación técnica y legal de cumplir con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, que definen cómo debe generar y conservar la información el sistema de facturación.

Por tanto, no es correcto referirse a los softwares como homologados para veriFactu, sino como que: cumplen con los requisitos técnicos y legales de VeriFactu o que son compatibles con la normativa de VeriFactu

Por eso no es correcto decir que Gespet esté homologado o tenga el sello VeriFactu, sino que:

Gespet cumple con los requisitos técnicos y legales establecidos por la normativa española de facturación electrónica (VeriFactu, Ley Crea y Crece, Real Decreto 1007/2023).
Además, integra un proveedor certificado que garantiza la firma digital y el envío automático de las facturas a la Agencia Tributaria. En el caso del País Vasco, Gespet es compatible con TicketBAI a través de un proveedor homologado oficialmente por las Haciendas Forales.



4. ¿Qué es la validación TicketBAI o VeriFactu?


Es el proceso mediante el cual Hacienda verifica que la factura:

  • Cumple el formato técnico establecido.

  • Ha sido firmada electrónicamente.

  • Se ha transmitido correctamente.

Gespet realiza automáticamente esa validación con cada envío y muestra el resultado (aceptado, rechazado, pendiente...).


5. ¿Hay un “sello de Hacienda” visible en la factura electrónica?


No exactamente.
El “sello” tradicional en papel se sustituye por una firma digital y un identificador electrónico. Gespet incluye automáticamente estos datos en la factura electrónica para garantizar su autenticidad ante Hacienda.


6. ¿Gespet utiliza un proveedor homologado?


Si. Gespet utiliza un proveedor homologado oficialmente por las Haciendas Forales para TicketBAI y que cumple con los estándares técnicos de la AEAT para VeriFactu


7. ¿Puedo seguir haciendo facturas sin enviar a Hacienda?


Sí no estás obligado legalmente, si puedes hacerlo.
Si tu negocio está sujeto a TicketBAI o VeriFactu, todas las facturas deben enviarse de forma automática.


8. En España. ¿Qué diferencia hay entre TicketBAI y VeriFactu?


  • TicketBAI aplica en las Haciendas Forales del País Vasco y tiene sus propios requisitos técnicos.

  • VeriFactu es el sistema de la AEAT (Hacienda estatal) y regula la facturación electrónica en el resto de España.


9. ¿Cómo puedo saber si tengo que usar TicketBAI o VeriFactu?


Te recomendamos que consultes con la Agencia Tributaria o la Hacienda Foral correspondiente para que te asesoren específicamente para tu caso.


10. ¿Puedo cobrar y no emitir factura?. ¿Y si solo cobro en efectivo?


En España, de manera general la respuesta es No. Las personas y empresas que realizan una actividad económica están obligadas a emitir factura por las entregas de bienes y prestaciones de servicios; omitirlo puede considerarse ocultación de ingresos.
Las excepciones son muy limitadas, pero te recomendamos que consultes si en tu caso particular estás obligado.

El que solo aceptes un método de pago, en este caso efectivo, no cambia la obligación fiscal.


11. ¿Un ticket es lo mismo que una Factura?


No. El ticket ya no existe legalmente. Desde 2013, el término correcto es “factura simplificada”.


12. Yo en mi negocio solo emito tickets, ¿esto no me afecta?


A nivel legal, todos los tickets deben considerarse facturas simplificadas y cumplir los requisitos del Real Decreto 1619/2012. No emitirlas o hacerlo sin los datos mínimos puede acarrear sanciones fiscales.


13. ¿Puedo usar el mismo número de factura todos los años porque me gusta cómo queda?


No. La numeración debe ser correlativa y única dentro de cada serie. Puedes reiniciar la serie cada año (por ejemplo, 2025-001), pero no repetir números.


14. En España, si mi cliente no quiere factura, ¿puedo no hacerla?


Aunque el cliente no la pida, la ley te obliga a emitirla si hay una transacción económica. No hacerlo es una infracción fiscal.


15. ¿Las facturas simplificadas también deben enviarse a Hacienda?


Sí, si perteneces a un sistema obligatorio (TicketBAI o VeriFactu), tanto las facturas completas como las simplificadas deben enviarse.


16. ¿Puedo enviar todas las facturas a Hacienda por ejemplo el último día del trimestre o del año?


No. Las facturas deben emitirse en el momento de la operación o dentro del plazo legal, no meses después.
VeriFactu y TicketBAI registran la fecha real de generación


17. ¿Puedo usar Gespet como ERP/CRM pero no utilizarlo para cobrar y Facturar?


Si. Puedes gestionar tus citas/reservas, servicios/estancias y ventas pero no utilizarlo para cobrar/facturar. Después puedes generar y enviar la factura utilizando las herramientas que las Haciendas ponen a disposición de los usuarios.

Se ofrece de forma opcional para permitir a cada negocio que elija la opción que mejor se adapte a sus necesidades/gustos.


18. ¿Puedo contratar Gespet E-invoicing y generar facturas antes de que sea obligatorio


Si. Puedes comenzar a utilizarlo antes de la fecha de entrada en vigor obligatoria


19. ¿Como se determina en mi cuenta Gespet la obligatoriedad?


En función de la configuración de tu cuenta, se pueden aplicar restricciones.

En la opción Configuración > Básica > Idioma/moneda:

  • si el país que has configurado NO es España (es cualquier otro país), no se aplica ninguna restricción y puedes continuar trabajando como hasta ahora.

  • Si el país que has configurado SI es España se podrán aplicar las restricciones en función del tipo de negocio y provincia seleccionada.

En la opción Configuración > Básica > Datos de negocio > Datos para facturas:

  • Si el tipo de negocio es Empresa o Autonomo se aplicarán las restricciones en función la fecha de entrada en vigor obligatoria

  • Según la provincia configurada, se aplicará la obligatoriedad de usar el sistema correspondiente


Te recordamos que si necesitas modificar la configuración de tu cuenta o de los datos de tu negocio porque no están correctas, puedes modificarlas en las opciones de Configuración.


20. Si ya ha llegado la fecha de obligatoriedad ¿que pasa?


Si en tu cuenta tienes configurado un páis/región y tipo de negocio para el cual NO es obligatorio:

  • No pasa nada. No habrá ningún cambio.


Si en tu cuenta tienes configurado un páis/región y tipo de negocio para el cual SI es obligatorio:

  • La gestión de clientes, animales, pedidos, compras, productos, categorías, animales reproductores, camadas, cachorros, ... es la misma. No cambia nada.

  • La gestión de cits/reservas y citas/reservas online es la misma, no cambia nada

  • Para las áreas de: Hotel, Guardería, Peluquería, Veterinaria y Adiestramiento:

    • La gestión del servicio de hotel/peluquería, gestión de la estancia de hotel/guardería y gestión de la consulta veterinaria, es la misma.

    • No estará activa la opción de Cobrar y facturar. Por lo que no se registra el cobro y no se genera la factura (porque no es posible generar facturas tradicionales o "no electronicas").

  • Para las áreas de: Tienda y Cria:

    • Podrás hacer la venta de Productos y la venta del animal respectivamente, generando un documento de venta o albarán.

    • No estará activa la opción de Cobrar y facturar. Por lo que no se registra el cobro y no se genera la factura (porque no es posible generar facturas tradicionales o "no electronicas").

  • Los servicios/estancias etc. seguirán apareciente en el informe de Pendiente de Facturar hasta que sean facturados, exactamente igual que antes.

  • Al no estar cobrados/facturados los servicios, en los informes relacionados con Facturación y por ejemplo en el de Resultado financiero (Ingresos y gastos) no aparecerán, exactamente igual que antes.


21. ¿Qué datos necesito de mis clientes para generar la factura electrónica?


Los mismos que eran obligatorios para generar la factura “no electronica”. Nombre o razón social, NIF y dirección.

Ten en cuenta que los datos deben ser correctos (y estar correctamente escritos), especialmente el nombre y el NIF, ya que la Hacienda correspondiente los va a validar.
Te recomendamos que antes de emitir una factura, verifiques que los datos que tienes configurados de ese cliente (en su ficha), son correctos


22. ¿Puedo emitir una factura sin los datos del cliente?


De forma general, Las facturas completas si deben incluir los datos del cliente y en las facturas simplificadas no es necesario. Te recomendamos que consultes tu caso específico.


23. ¿Como puedo seleccionar si la factura es completa o simplificada?


En Gespet, al hacer el cobro, podrás seleccionar el tipo de factura (completa o simplificada)


24. ¿Para enviar las facturas, necesito configurar mi propio certificado?


Si usas Gespet E-invoicing no lo necesitas. El proveedor homologado integrado en Gespet utiliza su propio certificado para firmar las facturas, evitando que tengas que subir o gestionar el tuyo.


25. ¿Puedo configurar diferente numeración para las facturas completas y las simplificadas?


Si. En Gespet, en la opción Configuración > Básica > Numero de factura puedes configurar una numeración diferente para cada tipo: factura, factura simplificada, factura rectificativa y factura rectificativa simplificada.


26. ¿En Gespet, dónde puedo ver si mis facturas se han enviado correctamente a Hacienda?


Al hacer clic en una factura, verás diferentes etiquetas con el estado de cada factura.


27. ¿En Gespet, qué ocurre si una factura es rechazada por Hacienda?


Si Hacienda rechaza una factura, Gespet te mostrará el motivo del error para que puedas anular esa factura, corregir esos datos y generar la nueva, ya con los datos correctos.


28. ¿Puedo modificar una factura ya enviada?


No. La normativa prohíbe modificar o eliminar facturas una vez enviadas. Si hay un error, deberás emitir una factura rectificativa (también llamada abono) para subsanar el error.


29.¿Qué ocurre si mi cliente es intracomunitario y la factura está exenta de impuestos?


En Gespet, al hacer el cobro, podrás seleccionar si la factura está exenta de impuestos. El cliente tendrá un número de IVA intracomunitario y el proceso de generar enviar la factura será el mismo.


30. ¿Dónde se configuran los datos fiscales de mi negocio?


En Gespet, en la opción Configuración > Básica > Datos del negocio > Información para Facturas. Puedes configurar tu NIF, nombre o razón social, dirección fiscal, país, etc.


31. ¿Dónde se configuran los datos de numeración de las facturas?


En Gespet, en la opción Configuración > Básica > Número de facturas. Puedes establecer las series y numeraciones para cada tipo: factura, factura simplificada, factura rectificativa y factura rectificativa simplificada.


32. ¿Como activo Gespet e-invoicing en mi cuenta?


Para contratarlo, es muy sencillo:

  • Accede a tu cuenta Gespet utilizando tu usuario y contraseña

  • En el menú Configuración > Básica > Facturación electrónica aparecerá la opción de Contratar TicketBAI o VeriFactu según corresponda

  • Si haces clic en el botón de contratar, tan solo tendrás que rellenar los datos de pago y finalizar.


La activación no es inmediata, requiere de una serie de validaciones y registros previos. Puede estar activa unos minutos después de la contratación, pero si el sistema de altas tiene una mayor carga de solicitudes, puede demorarse unas horas. En cuanto esté activo, podrás hacer la configuración y comenzar a emitir facturas electrónicas.


33. ¿Puedo contratarlo ahora pero no comenzar a utilizarlo hasta 2026?


Puedes contratarlo y comenzar a utilizarlo cuando quieras, pero la duración del periodo de contratación es de 1 año (365 días) desde la fecha de contratación.
Por lo que si lo contratas por ejemplo el día 1 de septiembre de 2025, podrás utilizarlo hasta el día 1 de septiembre de 2026, aunque hayas comenzado a generar facturas en Enero.


34. ¿Como se utiliza TicketBAI? ¿Cual es el precio?


Puedes encontrar toda la información en detalle en el apartado específico sobre TicketBAI en la opción USO

Consultar

35. ¿Como se utiliza VeriFactu? ¿Cual es el precio?


Puedes encontrar toda la información en detalle en el apartado específico sobre VeriFactu en la opción USO

Consultar

36. ¿Como se configura TicketBAI?


Puedes encontrar toda la información en detalle en el apartado específico sobre TicketBAI en la opción CONFIGURACIÓN

Consultar

37. ¿Como se configura VeriFactu?


Puedes encontrar toda la información en detalle en el apartado específico sobre VeriFactu en la opción CONFIGURACIÓN

Consultar

38. ¿Me informaréis sobre los mantenimientos?


Por supuesto que sí. Los mantenimientos programados tanto por el proveedor homologado, como por nosotros serán publicados con la mayor antelación posible en la página de status o estado que estará siempre disponible para que puedas consultarla y mantenerte actualizado.

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Esta información tiene un carácter orientativo y puede variar según tu país o tipo de actividad. En Gespet queremos ayudarte a comprender mejor cómo funciona la facturación, pero cada negocio tiene particularidades propias. Por eso, debes revisar tu caso concreto con tu asesor fiscal/contable o consultar con la Hacienda correspondiente.




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